sábado, 26 de diciembre de 2015

Capitán de yate



ATRIBUCIONES DEL TÍTULO
Atribuciones básicas:
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación sin límites geográficos.
Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Atribuciones complementarias:

Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación sin límites geográficos.

CONDICIONES DE OBTENCIÓN
Poseer el título de Patrón de Yate.
Aprobar el examen teórico correspondiente.
Realizar las prácticas de seguridad y de navegación.
Presentar un informe de aptitud psicofísica de acuerdo al capítulo IV del Real Decreto 875/2014.

Realizar el curso de radio-operador de corto alcance. Si este curso ya se ha realizado anteriormente no será necesario realizarlo nuevamente.

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